12 de junio de 1592
En los primeros meses de 1592
el muro del estanque ya estaba elevado 72 palmos, habiéndose gastado 10.000
libaras que, se tomaron con la autorización del rey, por lo que en 12 de julio
del mismo año, fue otorgada nueva real licencia para que el concejo de Alicante
adquiriese 10.000 ducados más.
A medida que se subía la
pared del pantano, la obra se hacía más difícil y costosa, y convencidos los
destajistas de que las fianzas que habían dado para la seguridad del contrato
estaban comprometidas, en atención a que por los 30.000 ducados por que quedó
subastada la construcción de los 200 palmos de pared nueva, era imposible
concluirla, suplicaron aumento de precio.
Elevada esta petición a S.M.
en 9 de agosto de 1592, escribió el monarca a don Álvaro Vique Manrique
manifestándole que los solicitantes serían atendidos, si de las cuentas que
llevaba el veedor y contador antes indicado resultabas ciertas las pérdidas que
exponían.
2 de junio de 1839
Convento. Cf. R. Sempere.
La Junta Provincial de Enajenaciones
recibió la siguiente comunicación: «La Junta Superior de Enajenación de
edificios y efectos de los Conventos suprimidos con fecha del pasado mes dice a
la de esta provincia, lo siguiente: Por el Ministro de Hacienda, con fecha 18
del actual, ha comunicado a esta Junta Superior La Real Orden siguiente:
Conformándose, S.M. La Reina
Gobernadora, con lo expuesto por V.S. en su informe de Onil, provincia de
Alicante, el suprimido Convento de Alcantarinos de la misma Villa, para
transportar la Parroquia a su Iglesia y edificar el resto del edificio a la
fundación de escuelas públicas y otros objetos de utilidad municipal. Lo que
traslado a V.S. para su diligencia y satisfacción. Dios guarde a V.S. muchos
años. Alicante, 2 de julio de 1839.- Miguel Belda, julio de 1839.- Julián
Lázaro, Secretario A. SS. del Ayuntamiento Constitucional de Onil».
San Buenaventura volvió a
ser iglesia, incluso con algunos de los retablos del propio Convento, que fueron
adquiridos en la venta por don Francisco Pascual y Rico, don Pascual Sarrió y
la dama doña María Lucía López.
Junio de 1836
Desamortización civil y eclesiástica.
Ley Desamortizadora. Cita.
J. Beneyto
Otros hechos importantes
derivaron de la aplicación de la Ley desamortizadora de 1836. Las
disposiciones dictadas que mes de julio supusieron no solo la nacionalización
de los bienes de la Iglesia sino la ruptura de los vínculos nobiliarios,
especialmente en el régimen amayorazgado, ajeno a la tradición jurídica
valencia, que había sido aceptado después de la guerra de Sucesión al sujetarse
a las leyes castellanas, que de tal manera habían ligado la propiedad inmueble
a única línea en cada familia. Los mayorazgos habían ido remodelando la
sociedad local ―y regional―. Los
bienes se heredaban en su totalidad por el varón mayor; los otros hijos acudían
a servir a Dios en la Iglesia o al Rey en el Ejército; las hijas esperaban
casar con otros mayorazgos… o quedar
solteras, muy frecuentemente dedicadas a vestir santos, dentro o fuera de los
conventos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario