18 de agosto de 1809
Reglamento para la Iglesia Español
Por el decreto
de agosto de 1809, quedaban suprimidas y disueltas todas las órdenes regulares,
monacales, mendicantes y clericales en el término de quince días contados, y
sus individuos debían salir de los conventos y claustros y vestir hábitos
clericales seculares. Todos los bienes monacales quedaban aplicados a la nación.
Se creó una Dirección General de Bienes Nacionales donde por primera vez
aparece este nombre aplicado a los bienes confiscados a la Iglesia.
Con anterioridad,
el 30 de mayo de 1808, en un decreto similar, inspirado por Juan Antonio Llorente,
se leían frases como ésta: «No deben
quedar en España monjes, frailes, monjas, clérigos regulares, cabildos de
iglesias y colegiales, parroquiales ni otros clero en sí que el episcopal y el
parroquial [...] y este clero no ha de retener bienes raíces, sino solo casa en
el pueblo de la respectiva residencia».
Aquellas reformas de la denominada Constitución de Bayona no prosperaron. Ello se explica porque se desarrollaron bajo el condicionante de la Guerra de la Independencia, y porque José Bonaparte, el rey francés, impuesto por Napoleón, conocido como "Pepe Botella", al igual que la ex alcaldesa de Madrid, la del apellido vidrioso, nunca gozaron de una especial simpatía.
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