martes, 18 de agosto de 2015

¡Ni por esas!… Ni afrancesados, ni liberales, ni demócratas, ni rojos ni comunistas. No hay quien pueda con la Iglesia. Al final va a ser verdad aquello de… «quién a buen árbol se arrima…»


18 de agosto de 1809

Reglamento para la Iglesia Español

Por el decreto de agosto de 1809, quedaban suprimidas y disueltas todas las órdenes regulares, monacales, mendicantes y clericales en el término de quince días contados, y sus individuos debían salir de los conventos y claustros y vestir hábitos clericales seculares. Todos los bienes monacales quedaban aplicados a la nación. Se creó una Dirección General de Bienes Nacionales donde por primera vez aparece este nombre aplicado a los bienes confiscados a la Iglesia.
Con anterioridad, el 30 de mayo de 1808, en un decreto similar, inspirado por Juan Antonio Llorente, se leían frases como ésta: «No deben quedar en España monjes, frailes, monjas, clérigos regulares, cabildos de iglesias y colegiales, parroquiales ni otros clero en sí que el episcopal y el parroquial [...] y este clero no ha de retener bienes raíces, sino solo casa en el pueblo de la respectiva residencia».
Aquellas reformas de la denominada Constitución de Bayona no prosperaron. Ello se explica porque se desarrollaron bajo el condicionante de la Guerra de la Independencia, y porque José Bonaparte, el rey francés, impuesto por Napoleón, conocido como "Pepe Botella", al igual que la ex alcaldesa de Madrid, la del apellido vidrioso, nunca gozaron de una especial simpatía. 

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