miércoles, 24 de junio de 2015

Cortes de Caspe, el nacimiento de un Reinado, y la venta o anulación de las Capellanías, completan las efemérides de hoy.

24 de junio de mil cuatrocientos doce



Cf. R. Viravens y Pastor. Cortes de Caspe.  Más calmadas las pasiones políticas se reunieron en Caspe tres representantes de cada uno de los Reinos de Aragón, Valencia y Murcia. Examinadas las pretensiones de todos los príncipes que se creían con derecho a la Corona, e ilustrados aquellos representantes con el consejo del célebre dominico Fr. Vicente Ferrer, que también concurrió a esta Junta, después de calmar los ánimos por medio de su predicación evangélica, eligieron por Rey al Infante D. Fernando de Castilla, nieto del Rey don Pedro de Aragón, quien con gran solemnidad tomó posesión del trono el día 1º de agosto.


24 de junio de mil ochocientos sesenta y siete

¡A esto se llama hacer «caja»!

Anulación y venta de las capellanías. Cf. V. Boix. Convenio-Ley de 24 de junio de 1867.
Cf. Carlos de Aracil, Las Capellanías de Onil.
Según Covián, la Capellanía puede definirse como una fundación perpetua hecha con la obligación aneja de determinadas cargas espirituales, por lo general misas en una iglesia o altar determinado a cargo de familiares o instituciones designadas, que debía cumplir el obtentor del Beneficio en la forma o lugar prescrito por el instituyente, percibiendo por su propio derecho las rentas que constituían la donación.
Eran llamados beneficios impropios porque no estaban sujetos a las reglas canónicas establecidas en orden a la materia beneficial, a diferencia de los beneficios propios en los que sucede lo contrario, y en esto precisamente se concreta su carácter distintivo.
En lo que se refiere a la Capellanías, creen los civilistas que fueron una de las varias formas de exteriorizar las vinculaciones, y al efecto les dan un nacimiento simultáneo; lo cierto es que vinieron a figurar entre las instituciones canónicas después de los beneficios propios, y en Castilla, a mediados del siglo XIV las Cortes se quejaban de su aumento como uno de tantos medios de amortizar la propiedad, si bien es en el siglo XV cuando contemplan su desarrollo. Los tratadistas señalan la marcha de estas fundaciones por un camino paralelo a los mayorazgos, prefiriendo los eclesiásticos y las mujeres piadosas las primeras, y los militares o los que ejercen una profesión liberal estos últimos.

Hasta el siglo XVIII se mantuvo el auge de este proceder con notables perjuicios para la Iglesia y el Estado. La proliferación de un gran número de eclesiásticos con dudosa formación, por las facilidades que en vista al beneficio había para su ordenación, así como lo insuficiente, en muchas ocasiones, de las rentas asignadas, originaban el descuido de la atención y socorro de los pobres y enfermos, que solía ser uno de los destinos que se indicaba en las fundaciones. Por otra parta la sociedad quedaba privada de manos que eran necesarias, y de los tributos que dejaban de cobrarse al quedar espiritualizados los bienes de la fundación.

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